Ray Hrdlicka - Presentador - Abogados.Media
"Mucha gente se confunde pensando que... si me niego a estas pruebas, que el agente me está administrando, en ese momento, voy a perder el carné de conducir".
Kirk Tarman. Abogado penalista - Condado de San Bernardino, CA
"Y eso no es cierto. El gran punto de corte es después del arresto, si es después del arresto, entonces entras en la prueba probatoria. Y ese es el que probablemente... si no lo haces, probablemente perderás tu licencia por un año. Pero de nuevo, tienen que leer, tienen que hacerte saber eso. Y eso no se utiliza generalmente en el ámbito penal. Hay un montón de nuevos casos por ahí sobre la obtención de la sangre y el aliento a través de medios coercitivos, pero en general eso es sólo en el lado DMV. Y de hecho, no sugiero esto... Pero he tenido algunos casos en los que, en ciertos condados, si te niegas, no obtienen la sangre, ni siquiera van a por una orden. Y tú, realmente, la persecución penal es muy difícil en ese punto.
Pero la mayoría de las veces lo que harán es leerte la amonestación 23612. Tienes derecho. Tienes que hacerme un análisis de sangre o de aliento, o te van a suspender el carnet durante 1, 2 o 3 años, etc. Tienes que dar esa letanía completa. Y luego, si el tipo dice,
"bueno, no",
"Vale, bien, vamos a conseguir una orden",
y obtienen la orden del juez. Y entonces usan, en esa orden, usan todas esas pruebas de sobriedad que no deberías haber hecho pero que hiciste porque no conoces la ley, como base, para la causa probable para que ese juez dé la causa probable, para entonces obtener tu sangre. Entonces, no sólo obtienen la sangre, sino también la suspensión de un año".